Los trabajos en árboles son efectuados desde siempre por el hombre. Las técnicas y herramientas que se han desarrollado a lo largo de los tiempos han favorecido tanto el acceso a los árboles como su desplazamiento.
A pesar de los avances, la tala de árboles es un trabajo complejo que implica gran peligrosidad y responsabilidad con el medio ambiente.
Normativa de la tala de árboles en la Comunidad de Madrid.
Por tala de árbol se entiende la extracción de un árbol desde su base. Solo se debe considerar la tala de un árbol como la última de las opciones posibles.
Con el fin de proteger y multiplicar los espacios verdes en la Comunidad de Madrid se aprobó la Ley 8/25, de 26 de diciembre, de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid.
Es a través de esta Ley de protección y fomento que se establece la normativa para la conservación, protección, mejora y restauración del arbolado urbano. Así como parte integrante del patrimonio natural de esta región.
Esta Ley es aplicable a todos los ejemplares de cualquier especie arbórea con más de diez años de antigüedad o veinte centímetros de diámetro de tronco a nivel de suelo que estén ubicados en suelo urbano.
La normativa de la tala de árboles en la Comunidad de Madrid incluye varios supuestos en los que queda terminantemente prohibida la tala:
- Queda prohibida la tala de todos los árboles protegidos por esta Ley.
- Se procederá al trasplante de cualquier ejemplar que se vea afectado por obras de reparación o reforma o por la construcción de infraestructuras.
Además hay que tener en cuenta que con el objetivo de proteger el medio ambiente la tala de árboles requiere de una serie de permisos y licencias que de no solicitarse implican multas astronómicas, incluso si el árbol a talar se encuentra en una propiedad privada. Para poder obtener el permiso de tala se ha de presentar una solicitud en el Ayuntamiento o junta municipal, aportando toda aquella documentación que se requiera desde la administración.